Hurto por medios informáticos y semejantes: el que, superando medidas de informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un informático, una de , telemático u otro , o suplantando a un ante los de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 del código penal, es decir, penas de prisión de tres (3) a ocho (8) años.
Ejemplo: robar el perfil de otra persona para ingresar a cualquier sistema, robar información y que culpen aeldueño de la cuenta y no al que si la robo.
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