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miércoles, 1 de febrero de 2017

Articulo 269A: Acceso abusivo a un sistema informático

Acceso abusivo a un sistema informático: El que sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Ejemplo: ingresar en el perfil de otra persona sin la autorización de la misma (facebook, instagram, google, etc) haciendo algo indebido o  entrar en el sistema informático de una empresa privada.

2 comentarios:


  1. Al finalizar el blog lo debes compartir con 5 compañeros para que hagan comentarios desde dos puntos de vista, el primero desde el contenido como tal, es decir, la ley 1273. Y el segundo desde la percepción visual y práctica del blog como herramienta para presentar contenidos a través de internet.

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